Comunidades de propietarios en Sevilla: los principales cargos y sus funciones

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Comunidades de propietarios en Sevilla. Con el objetivo de facilitar la convivencia y mantener un equilibrio entre todos los factores que podrían intervenir en su día a día, las comunidades de propietarios necesitan de un sistema de gobierno bien organizado.

Para un funcionamiento correcto de este sistema, los propietarios deben saber qué tipo de cargo puede adjudicárseles y, en ese caso, cuáles serían las funciones. Para que la próxima votación no te pille por sorpresa, desde TOP Fincas hemos elaborado una lista de los órganos de gobierno de una comunidad que figuran en el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Comunidades de propietarios en Sevilla: lista de órganos y funciones
  • Presidente. El vecino representante de la comunidad. La duración del cargo suele ser de un año y desempeña funciones de contabilidad, convocación de juntas, representación legal y mediación de conflictos. Se trata de un cargo de obligada aceptación y que debe ocupar un propietario elegido mediante votación, turno rotativo o sorteo.
  • Vicepresidente. Es opcional y no tiene por qué existir, pero en caso de existir, se nombrará de la misma forma que el presidente. Puede haber más de uno y su cargo durará un año. Dado que sustituye al presidente en caso de ausencia, podría desempeñar sus funciones u otras otorgadas en la Junta.
  • Secretario. En caso de que los estatutos no hayan establecido la existencia de un secretario, el cargo será ejercido por el mismo presidente. En el caso de que sí, éste podrá ser un propietario o una persona cualificada para ejercer sus funciones (expedir certificados para la venta de pisos o tras la celebración de juntas).
  • Administrador. Al igual que ocurre con la figura del secretario, este cargo también puede ocuparlo una persona externa o administrador de fincas. Entre sus funciones principales están velar por el buen funcionamiento del edificio, llevar las cuentas o ejecutar los acuerdos de la comunidad.
  • Junta de propietarios. Es el órgano formado por todos los propietarios del inmueble. Sus funciones serán las de nombrar/remover los cargos mencionados, aprobar presupuestos y estatutos, además de decidir sobre cualquier otro asunto que afecte a la comunidad.

Si sigues teniendo dudas, no dudes en contactar con nosotros en el 954 91 55 17.

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